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La Corte Declaró Inconstitucional la Ley de Misiones que Calificaba de Insalubre a toda la Industria Papelera

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 4438, actualmente Ley IX N.º 7 de Misiones, que establecía de manera general la insalubridad laboral de toda la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón en el territorio provincial.



La decisión se produjo en el marco de la causa “Papel Misionero S.A.I.F.C. c/ Provincia de Misiones s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, iniciada a partir del planteo de la empresa contra la norma sancionada en 2008. El caso había llegado al máximo tribunal después de que el Superior Tribunal de Justicia de Misiones rechazara el planteo de inconstitucionalidad.


El criterio de la Corte se fundamentó en que una ley provincial no puede calificar de manera genérica y abstracta como insalubre a toda una actividad, sin determinar previamente cuáles son los lugares, sectores o tareas que efectivamente presentan condiciones perjudiciales para la salud de los trabajadores.


La cuestión ya había sido analizada por la Procuración General de la Nación en 2019, cuando dictaminó a favor de Papel Misionero y sostuvo que la declaración de insalubridad debe ajustarse al procedimiento establecido por el artículo 200 de la Ley de Contrato de Trabajo, con evaluaciones técnicas y determinaciones específicas.


El fallo no significa que determinadas tareas de la industria papelera dejen de ser consideradas insalubres. De hecho, en 2012 la autoridad laboral de Misiones había declarado la insalubridad de sectores concretos de la planta de Papel Misionero, entre ellos digestión, horno de cal, máquina de papel, caldera de recuperación, caldera de potencia, taller de mantenimiento y preparación de madera.


El cuestionamiento de la Corte apunta, en cambio, a la declaración general establecida por la Legislatura provincial, que alcanzaba por igual a toda la industria, sin distinguir entre trabajadores expuestos efectivamente a condiciones nocivas y aquellos que no lo estaban.


La Ley 4438 fue sancionada en 2008, durante la presidencia de Carlos Rovira en la Cámara de Representantes de Misiones, después de un proceso de reclamo impulsado por trabajadores y sindicatos del sector. La norma quedó desde entonces en el centro de una disputa judicial que se extendió durante casi 18 años.


La Corte, de esta manera, revocó el criterio sostenido por la Justicia misionera y estableció que la insalubridad laboral debe determinarse sobre condiciones concretas de trabajo y no mediante una calificación legislativa general para toda una actividad industrial.

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