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SENASA Unificó y Endureció las Reglas de Acreditación para Veterinarios y Técnicos Privados

El SENASA estableció un nuevo régimen único de acreditación para veterinarios y técnicos privados que participan en planes nacionales de sanidad y bienestar animal. La medida quedó formalizada mediante la Resolución 43/2026, publicada en el Boletín Oficial, y entra en vigencia a partir del próximo día hábil.



La normativa unifica y reemplaza los esquemas anteriores. Define un trámite centralizado y digital a través del Sistema Único de Registro, con criterios comunes de inscripción, capacitación, vigencia y sanciones. Todas las acreditaciones tendrán una validez de cuatro años y deberán ser revalidadas. Si no se cumple ese paso, la habilitación se da de baja de forma automática.


El régimen fija como obligatoria la aprobación de cursos de acreditación, en su mayoría virtuales, y exige domicilio electrónico constituido y uso permanente de los sistemas informáticos oficiales. También ordena los distintos roles de acreditación según las tareas habilitadas en cada programa sanitario.


La resolución amplía las obligaciones en campo. Entre ellas, la notificación inmediata de enfermedades de denuncia obligatoria, la participación en vigilancia epidemiológica, el uso de sistemas de trazabilidad animal y el cumplimiento de estándares de bienestar animal. También refuerza la intervención en campañas sanitarias, emergencias y controles vinculados al comercio exterior.


Otro punto central es el endurecimiento del régimen disciplinario. Se consideran faltas graves la certificación de prácticas no realizadas, la omisión de denuncias sanitarias, la emisión de documentación falsa y la negligencia técnica. Las sanciones pueden incluir suspensión preventiva, baja definitiva del registro e inhabilitación por al menos cinco años, además de la comunicación a colegios profesionales y autoridades provinciales.


La norma alcanza únicamente a veterinarios y técnicos privados acreditados o que busquen acreditarse ante el SENASA y que intervienen en programas sanitarios oficiales, como campañas de vacunación, muestreos, certificaciones, vigilancia epidemiológica y tareas ligadas al comercio exterior. No regula el ejercicio profesional general, sino la actuación dentro del sistema sanitario oficial.

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