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Multas casi Irrisorias a unos 25 Intendentes por no Rendir Cuentas en Tiempo y Forma

El Tribunal de Cuentas de la provincia aplicó sanciones económicas a cerca de 25 intendentes por incumplimientos en la presentación de las rendiciones digitales correspondientes al tercer trimestre de 2025.


Tribunal de Cuentas de Misiones 


La medida fue formalizada a través de la Resolución 003/2026, firmada el 5 de febrero, en el marco de un expediente iniciado por la Dirección General de Municipalidades para evaluar el estado de las presentaciones.


Según el organismo, los incumplimientos están vinculados a los plazos fijados para la rendición digital: 45 días corridos para municipios de segunda categoría y 11 días hábiles para los de primera categoría.


Las multas más altas, de 492.600 pesos, alcanzan a los intendentes que no presentaron la rendición del tercer trimestre. En esa situación se encuentran los jefes comunales de 9 de Julio, Colonia Victoria, Garupá, Los Helechos (con intendente interino), Mártires y Santiago de Liniers.


En un segundo grupo, con multas de 328.400 pesos, figuran los intendentes de Puerto Piray y San Antonio, por haber presentado la documentación en forma parcial y fuera de término.


También se aplicaron sanciones de 246.300 pesos a los jefes comunales de Montecarlo, Campo Ramón, Colonia Wanda, Eldorado, El Alcázar, Almafuerte, Colonia Delicia, 25 de Mayo, San Javier, Hipólito Yrigoyen, Dos Arroyos, Santa María, Puerto Libertad, Fracrán y Campo Viera, además del presidente del Ente Municipal de Turismo de Puerto Iguazú, por presentaciones parciales.


En tanto, el intendente de Puerto Iguazú fue multado con 164.200 pesos por haber entregado la rendición fuera de plazo.


El Tribunal estableció que las multas deberán abonarse dentro de los 15 días hábiles desde la notificación. En caso de no pagar en término, se aplicarán intereses según la tasa activa del Banco Macro. Además, se prevé una reducción del 50 por ciento si el pago se realiza dentro del plazo fijado.


Las actuaciones fueron notificadas a la Fiscalía Superior y a las Direcciones Generales de Municipalidades, y luego archivadas conforme lo dispuesto en un acuerdo interno del organismo.

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